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DEBATE Honduras aprobó una histórica ley contra el lavado de dinero La norma es clave para que el país salga de la lista de naciones que no colaboran en la lucha contra el blanqueo de activos ilícitos Facebook.En su tercer y último debate, el Congreso de Honduras aprobó este jueves la Ley Especial contra el Delito de Lavado de Activos. Sin embargo, se dejó en suspenso el artículo de la vigencia y el que se refiere al secreto profesional; este último, uno de los más polémicos. De acuerdo con lo que informa El Heraldo, un total de 91 de los 93 artículos de los que consta la legislación fueron aprobados en una discusión en la que participaron integrantes del Ministerio Público, de la Comisión Nacional de Bancos y de Seguros y de la Oficina Administradora de Bienes Incautados de Honduras (OABI).
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Dentro de esta ley, se aprobó una modificación del artículo 78 de la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito, sobre los porcentajes a distribuir del dinero proveniente del lavado de activos.
El mismo periódico consigna que según esta reforma, un 45% será destinado a las unidades, dependencias, programas o proyectos en el Sector Seguridad y Justicia en Honduras; y otro tanto para las unidades, dependencias, programas o proyectos que directamente trabajen en la prevención.
Por su parte, el diputado Tomás Zambrano, presidente de la Comisión de Dictamen, explicó las generalidades de la ley y mencionó en primer lugar que es un requerimiento al Estado para que Honduras no aparezca el próximo año en la lista de países que no colaboran en el combate del lavado de activos.
Honduras dio marcha atrás en la pretensión de violar el secreto profesional para abogados y periodistas, que estaba contemplado en el proyecto de la nueva Ley contra el Lavado de Activos.
Según lo que publicó El Heraldo, el secretario del Legislativo, Mario Pérez, reconoció el error que contiene el dictamen de esa iniciativa y afirmó que se hará la corrección respectiva. "A un profesional no se lo puede obligar a revelar lo que en secreto, en la relación cliente-profesional, se le ha revelado. Eso no se puede hacer y es inconstitucional", comentó Pérez.
También expresó que la relación cliente-abogado, cliente-médico, feligrés-pastor o sacerdote "no se puede violentar". Eso se corrige eliminando esa parte del artículo. "En el caso de los ministros de cultos religiosos, no se puede llamar al padre a que vaya a declarar lo que usted le reveló en confesión y lo correcto es eliminar esa parte".
El Heraldo había publicado hace unos días que la nueva Ley de Lavado de Activos contenía disposiciones inconstitucionales. Es por ese motivo que los legisladores prestaron especial atención y emprendieron el camino de la discusión para modificar esos puntos que contradicen a la Carta Magna.
Viernes, 12 de diciembre de 2014
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