DENUNCIA El Colegio presentó reclamo al IPS por obstaculizar la tarea de abogados La presidente del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, doctora Lilian Sawoczka, presentó esta semana un reclamo ante las autoridades del Instituto de Previsión Social de la Provincia (IPS) por los obstáculos que presenta la mencionada institución a los profesionales del Derecho que ejercen su ministerio ante dicho organismo. La misiva fue dirigida a la interventora del Instituto, doctora Lorena Lazaroff, y se realizó a pedido del matriculado, doctor Lucas Javier Mustrassi.
El profesional mencionado, detalla la nota, refiere a varias situaciones que entiende son violatorias del libre ejercicio de la profesión. Entre ellas, la exigencia de presentar copia certificada por escribano público de los instrumentos de Poder General para actuar, extendido a favor del profesional abogado como requisito imprescindible para habilitar su presentación en las actuaciones administrativas de su poderdante.
Otras situaciones que señala son el impedimento de acceder a los reclamos bajo la justificación de no figurar como apoderado en el sistema informático, siendo que éste solo admite la carga de un solo apoderado; y la negativa por parte del IPS de permitir el acceso a los recibos de percepción de los beneficios previsionales de sus poderdantes, quienes les han encomendado planteos relativos a reajustes de tales beneficios.
Por todo ello, la presidente del Colegio remitió al Instituto de Derecho Administrativo del CPAPC (IDA) la presentación del doctor Mustrassi y ese cuerpo arribó a la conclusión de que los hechos denunciados se tipifican como ilegítimos menoscabos al ejercicio de su labor profesional.
La misma, además fue ratificada de manera unánime por los miembros del Directorio del CPAPC, en reunión ordinaria del 16/10/2018, concluyendo que, en virtud de que las situaciones informadas por el colega y reseñadas en su presentación y en el dictamen del IDA, relativas a distintos comportamientos materiales del IPS, configuran ilegítimas restricciones al libre ejercicio profesional en los términos del art. 24 punto 10 del Decreto-ley 119/01, encontrándose este Colegio legalmente legitimado para denunciar el actuar antijurídico e irregular de los órganos administrativos del IPS, señalando además dicha actuación, en el caso, producen clara afectación de derechos y garantías constitucionales de nuestro matriculado, Dr. Mustrassi y de sus poderdantes, siendo plenamente aplicable las previsiones del art. 27 de la Constitución Provincial que dice, en su parte pertinente: ”… Toda ley, decreto, orden o resolución emanados de las autoridades, que impongan a los principios, libertades y derechos consagrados por esta Constitución, otras restricciones que las que la misma permite o priven a los habitantes de la Provincia de las garantías que ella asegura, serán nulos y sin valor alguno. Sin perjuicio de las reclamaciones por inconstitucionalidad, los damnificados por las disposiciones podrán deducir ante quienes corresponda las acciones procedentes contra los funcionarios o empleados públicos, hayan o no cesado en su mandato, que las hubieran autorizado o ejecutado, sin que puedan eximirse de responsabilidad en caso alguno, alegando orden o aprobación superior”.
Por todo ello, desde el Colegio Público de Abogados se requiere el inmediato cese de tales acciones.
Lunes, 12 de noviembre de 2018
|