EN SALTA Funcionarios correntinos en el plenario del Consejo Federal del Trabajo Recientemente se realizó la 85ª reunión plenaria del Consejo Federal del Trabajo en Salta, la cual estuvo encabezada por el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada y la viceministra Noemí Rial. Además participaron los titulares de las áreas de esa cartera de todas las provincias y por Corrientes asistieron el subsecretario y el director de Trabajo, Jorge Rivolta y Marcelo Fratini, respectivamente.
El Consejo Federal es un organismo que tiene por objetivo fortalecer las administraciones del trabajo, procurando la mayor eficacia de la actividad gubernamental y de los actores sociales en las distintas jurisdicciones y competencias.
En el temario establecido para este encuentro se destacaban el proyecto, ahora Ley, tendiente a promover el Trabajo Registrado y a profundizar la lucha contra el fraude laboral, multas, despidos y suspensiones, Convenios de Corresponsabilidad Gremial, Registro de Trabajadores de Casas Particulares. Sobre esto último Corrientes expuso sobre la experiencia de la creación del Departamento de Amas de Casa e Igualdad de Oportunidades, único en su tipo en el país y ahora ámbito de aplicación de la nueva legislación.
A continuación, documento final y declaración de la 85º Reunión Plenaria del CFT
El Consejo Federal del Trabajo de la República Argentina, ha considerado pertinente realizar una declaración de adhesión al proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación, tendiente a promover el trabajo registrado y a profundizar la lucha contra el fraude laboral.
En tal sentido, la actividad del Consejo Federal del Trabajo ha operado como herramienta clave en la articulación de los respectivos roles que, al respecto, competen al Estado nacional y a los Estados locales. Ha sido en función de ello que esta rica y plural participación permitiera exhibir conjuntamente, como logro común, la recuperación de cerca de 6 millones de puestos de trabajo, la sensible disminución de la siniestralidad laboral, las tareas conjuntas de prevención en materia de salud y seguridad en el trabajo, la lucha frontal por la erradicación del trabajo infantil, entre otros significativos resultados obtenidos.
Tales avances han tenido su expresión en el plano normativo. Especialmente, es digna de destacar la sanción de la Ley N° 25.877 de Ordenamiento Laboral, qué ha permitido no sólo incorporar al derecho positivo herramientas más apropiadas para atender la problemática laboral individual y colectiva, ajustadas a los parámetros antes señalados, sino también reafirmar el compromiso integrado de las Administraciones del Trabajo del Estado nacional y las provincias, en lo que hace al cumplimiento de las normas del trabajo y la seguridad social, en todo el territorio argentino, sustentado en los principios de “corresponsabilidad, coparticipación, cooperación y coordinación” conforme lo establece la ley 25.212 (Pacto Federal del Trabajo) y las respectivas constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
No obstante ello, no es menos cierto que los saldos insuficientes deben ser, también, asumidos en el balance global. Y, al respecto, no puede soslayarse que la importante reducción en 15 puntos porcentuales del trabajo no registrado no debe obstar a la obvia preocupación que genera la cruda realidad de la subsistencia del trabajo irregular en un porcentaje del 34%, según datos de diciembre de 2013.
Esta situación no puede menos que alertar a todos y cada uno de las expresiones de los poderes públicos y a redoblar los esfuerzos y concluir con la tarea encarada. Es por ello, que este Consejo Federal del Trabajo de la República Argentina, declara:
1°.- Su adhesión en general al Proyecto de Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral, elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional y de esta manera, solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación su pronto tratamiento y aprobación.
2º.- Concordantemente, ratifica el compromiso cíe las Administraciones del Trabajo de las Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sustentado en los principios de corresponsabilidad, coparticipación, cooperación y coordinación, conforme lo establece la ley 25.212 (Pacto Federal del Trabajo) y las respectivas constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; de encarar conjuntamente con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el combate final por la incorporación de la totalidad de los trabajadores argentinos; al pleno goce de los derechos del trabajo y la seguridad social, desterrando definitivamente toda forma de irregularidad, precariedad o fraude en las relaciones laborales.
Viernes, 23 de mayo de 2014
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