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BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Ante una gestión de la concejal Clara Mass las escuelas técnicas acceden a la tarjeta "Yo voy" La edil de Proyecto Corrientes, Clara Mass, concretó esta mañana un anhelo de los alumnos de escuelas técnicas: que la tarjeta de transporte urbano Yo Voy los incluya como beneficiarios. La decisión se confirmó este martes en una reunión con representantes de la firma Tarjebus, a quienes llevó el reclamo para que el beneficio contemplado en la Ordenanza Nº 5877 se extendiera. Tras el encuentro, la empresa garantizó que el acceso al boleto estudiantil gratuito se podrá tramitar durante todo el año e incluirá a las instituciones de carácter técnico.
Desde la firma emisora de las tarjetas "Yo voy" aseguraron que los alumnos de escuelas técnicas accederán al beneficio; en tanto que la concejal Clara Mass remitirá el listado de los establecimientos que se hallan bajo esta modalidad en la capital correntina, como una forma de agilizar la puesta en marcha de los trámites.
Si bien los alumnos de todos los niveles escolares acceden al beneficio del boleto estudiantil gratuito -que se volvió a poner en vigencia desde febrero último-, vale aclarar que por una cuestión de interpretación este año quedaron afuera del mismo los estudiantes de las escuelas técnicas.
Ante esta situación la concejal Mass decidió ponerse al frente de las gestiones para recuperar esa cobertura para los alumnos, para lo cual se reunió con representantes de la empresa, tras lo cual logró el compromiso para que tal situación se revirtiera.
La edil de Proyecto Corrientes en el Concejo Deliberante remarcó que era una cuestión que amerita "una urgente resolución pues, los alumnos de escuelas técnicas deben cursar doble escolaridad todos los días y eran los únicos que no podían acceder a tal beneficio".
PRESENTACIÓN DE PROYECTO
Más allá de esta reunión, la edil Clara Mass presentó un proyecto de Resolución en el que se reclama: "SOLICITAR al D.E.M., que a través del Área que corresponda, proceda a articular de modo URGENTE, los medios idóneos para asegurar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 5877 a los fines de hacer efectivo el alcance del beneficio a todo alumno que concurra a cualquiera de los establecimientos educativos de enseñanza media y terciarios".
Se explicó en este sentido que la Ley Nacional de Educación Nº 26.206; la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 y la Ley Provincial de Nº 5735 (de adhesión a la anterior); la Ordenanza Nº 5877 de Boleto Estudiantil Subsidiado; El pedido efectuado por directivos, docentes y alumnos de establecimientos de enseñanza media y terciario; El Proyecto de Comunicación Expte. Nº 235-C-2014.
Entre las consideraciones se indicó que “actualmente existe un sector del estudiantado medio y terciario, que se encuentra desplazado y privado del beneficio creado por la Ord. Nº 5877".
"Que dicho sector, por razones meramente burocráticas y de mala interpretación de la norma en cuestión, jamás debería haberse visto privado de este beneficio de carácter inclusivo y solidario. En otras palabras, en la Ord. Nº 5877 están incluidos como beneficiarios, pero las empresas de transporte no cumplen con la norma de referencia".
"Que resulta indispensable beneficiar a dicho sector conformado por alumnos de todos los Centros de Formación Profesional de Enseñanza No Formal estatal, dependiente de la Dirección General de Educación Privada (subsidiada estatalmente) o de la Dirección de Enseñanza Técnica y/o Secundaria, dependientes estas del Ministerio de Educación de la Provincia de Corrientes".
Martes, 14 de abril de 2015
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